viernes, 9 de enero de 2009

LA SOCIEDAD Y EL INDIVIDUO.

HOY LE VOY A EXPLICAR QUE ES EL INDIVIDUALISMO Y QUE ES LO QUE HACE QUE FORME PARTE DE LA SOCIEDAD.ANTE DE IR A LA EXPLICACION LE PREGUNTARE ALGO ASI REFRESIONA LUEGO Y RESPONDE ESTA PREGUNTA Que opinan del individualismo,esa cosa que nos hace tan conocidos en el mundo,y que a la vez no hace que actuemos en forma grupal !SE ANIMA A DEGAR SU OPINION!.
Históricamente el término individualismo ha sido utilizado para caracterizar tanto las doctrinas del contrato social que surgen en el siglo XVII como a sus sucesoras que, aun cuando no emplean la noción de contrato, heredan la visión de la sociedad como constituida por individuos, por sujetos que tienen metas, proyectos y fines específicamente individuales.
Las teorías contractualistas consideran que los sujetos se someten al pacto social, porque éste les garantiza el cumplimiento y la realización de esos fines, metas y proyectos. Por su parte, las teorías no contractualistas, como el utilitarismo, afirman que para que la sociedad funcione hay que hacer coincidir esas metas con las de la mayoría, para que éstas puedan ser satisfechas.

El individualismo es un legado de Hobbes y de Locke; para ellos la sociedad es simplemente un instrumento que nos ayuda a proteger ciertos derechos y a producir algunos bienes en mayor cantidad. Sin embargo, este legado se ha ido puliendo poco a poco de tal manera que ha sido necesario aclarar lo que se dice cuando hablamos de individualismo. Steven Lukes
distingue varias clases de individualismo como son: el ético, el político, el económico y el metodológico.
El individualismo ético sostiene que la moral es un asunto esencialmente individual. La fuente de la moralidad, es decir, de los valores morales, de los principios éticos y el creador de los criterios de evaluación moral es el individuo. La persona es el árbitro de los valores morales porque goza de autonomía y dignidad. Esta idea es una consecuencia de la teoría moral kantiana, ya que sólo las personas individuales puedenjuzgar la universabilidad de sus acciones.

El individualismo político, por su parte, afirma que la sociedad es un conjunto de individuos racionales, generadores de deseos y preferencias y únicos jueces y defensores de sus intereses. Las ideas principales del individualismo político son las siguientes: 1) la legitimidad y la autoridad del gobierno derivan el consentimiento individual de los ciudadanos; 2) la representación política no es una representación de sectores o de clases, sino de intereses individuales; 3) el propósito del gobierno es proporcionar la satisfacción de las necesidades particulares y la protección de los derechos individuales.

El individualismo económico se basa en la creencia de que las leyes del mercado tienen la racionalidad suficiente para funcionar sin la intervención o con una mínima intervención del Estado. Dicho individualismo supone la propiedad privada de los medios de producción y la libertad en el mercado, tanto para adquirir mercancías como para adquirir fuentes de trabajo.

Por último, el individualismo metodológico afirma que todos los intentos por explicar los fenómenos sociales deben ser rechazados a menos por que sean explicados en términos de hechos sobre individuos.

El individualismo metodológico supone las siguientes creencias: 1) la creencia de que la sociedad, las instituciones y los grupos están formados por individuos que desempeñan ciertos roles, que las tradiciones, las costumbres, las ideologías y el lenguaje son formas en que las personas actúan, piensan y hablan; 2) la creencia en que cualquier proposición sobre los seres humanos o es una proposición que puede ser reducida a individuos o es una proposición sin sentido. Los predicados que se refieren a fenómenos sociales deben ser definidos en términos de predicados que se refieren a fenómenos individuales; 3) la creencia ontológica de que en la sociedad sólo los individuos son reales, los fenómenos sociales son construcciones mentales; 4) la creencia en que las instituciones sociales deben ser explicadas por los fines individuales de las personas que se encuentran en ellas.

Aunque a veces es difícil hacer una separación entre las diversas clases de individualismo cuando examinamos un modelo teórico, es necesario aclarar que el individualismo que analizaré es fundamentalmente el ético y el político. La diferencia entre este modelo y el comunista puede ser explicado por la noción aristotélica de autarkeia, es decir, de autorrealización, Mientras que el individuo afirma que el hombre encuentra su autorrealización y por lo tanto, el bien independientemente de la sociedad y de sus instituciones, el comunitarismo afirma que los hombres no pueden autorrealizarse sin tomar en cuenta la sociedad, los hombres sólo encuentran su bien en y por las instituciones que ellos mismos han formado.

Como hay una noción común al individualismo ético y al político, que es la de derecho, comenzaré explicando cómo toma este modelo dicha noción.
El modelo individualista supone tres tesis acerca de los derechos:

1. Adscribirle a una persona A un derecho natural (no sólo legal) de X, es afirmar que A debe ser respetado; esto significa que estamos moralmente comprometidos a no interferir si A hace o goza de X; la tesis también afirma que la condición de la intervención es forzosa.

2. La condición es forzosa debido a ciertas características o propiedades de A; estas características o propiedades son las capacidades humanas que no sólo definen a las personas protadoras de los derechos, sino también a los derechos que se tienen.

3. Si la condición de la no interferencia es forzosa por las característica o propiedades esenciales del ser humano, es porque éstas tienen un gran valor moral; por ello, no deben sólo no ser interferidas, sino también deben ser desarrolladas.

Estas tesis se aplican a Im relaciones entre los individuos así como a las relaciones entre los individuos y el Estado, de ahí su carácter ético y político.

Otra noción de gran importancia para el modelo individualista es el concepto de libertad. La libertad valorada por los protagonistas de la primacía de los derechos, es una libertad por la cual se asume que los hombres son capaces de concebir diferentes alternativas de vida, de llegar a definir lo que realmente quieren y de discernir ciertas reglas que están dispuestos a aceptar. Se asume también, que los hombres son capaces de tener creencias racionales y deseos autónomos o que por lo monos tienen medios para distinguir entre éstos y los que no lo son.

Estas asunciones definen lo que es la autonomía que tiene el hombre para trazar sus propios planos y para tomar decisiones en los asuntos básicos y fundamentales de la vida.
La base democrática del modelo individualista estará planteada en la idea de que estos derechos pertenecen por igual a todos los hombres.

Sin embargo, algunos teóricos del individualismo han detectado ciertos problemas en la adscripción igualitaria de los derechos, ya que no basta asignar la igualdad de derechos a todos los hombres para garantizar el ideal democrático. La desigualdad puede surgir no por la asignación de los derechos, sino por su ejercicio. Por ello es necesario hacer una distinción entre el modelo individualista radical, que afirma que basta la noción de, derechos, del igualitario, que postula la necesidad de recurrir a un principio igualitario.

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